Carnet de coche
El modelo corespodiente al carnet de coche es el tipo B que engloba a todos aquellos vehículos cuya MMA no supere los 3.500 kg y el número máximo de asientos sea 9. Podrán llevar un remolque cuya MMA no exceda en 750 kg.
Para la obtención del carnet de conducir de la modalidad B es imprescindible que se cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Tener residencia normal en España, y en el caso de ser estudiante, demostrar tener la calidad como tal por un periodo superior a 6 meses es España.
- No estar privado por Resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
- Reunir las condiciones psicofísicas requeridas para este tipo de permiso.
- Ser declarado "apto" por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico, superando sus pruebas teóricas y prácticas.
Una vez obtenido el carnet de coche el titular tendrá una vigencia de 10 años en su permiso, hasta cumplir los 45 años de edad, a parti de ahí 5 años hasta que el titular cumpla los 70 años de edad. Cumplidos los 70 años de edad la ranovación del permiso será cada 2 años.
Si el titular tuviera alguna enfermedad los plazos podrían reducirse. Si los permisos o vigencias hubiesen vencido se pierde el derecho a conducir, en caso de su utilización podrá ser intervenida inmediatamente.
Si transcurrieran 4 años desde la caducidad de la vigencia en ningún caso habría posibilidad de prórroga.
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